BENEFICIOS
ASIGNACION POR MATRIMONIO
El subsidio se paga por única vez al trabajador/a, en relación de dependencia, al contraer matrimonio.
REQUISITOS EXCLUYENTES:
● Recibo de sueldo cuya antigüedad sea mayor a 6 meses
● Tener seis meses de antigüedad como afiliado al SOECCCRA
● Solicitar el beneficio dentro de los 90 días desde la fecha de matrimonio.
DEBERÁ PRESENTAR:
● Último recibo de sueldo con el 1.5% de descuento sindical.
● Certificado de matrimonio.
● Fotocopia del DNI del titular.
● Fotocopia del DNI del cónyuge.
● CBU(Clave Bancaria Única) la misma debe estar a nombre del solicitante.
El pago sólo se hará por banco, es decir que no se acreditará a Mercado pago ni otras billeteras virtuales. A partir del 01 de enero de 2023 la suma asciende para
✔ Afiliado pleno (obra social + sindicato)
✔ Afiliado sindical
La transferencia se realiza a los 30 días de haber presentado la documentación solicitada.
SEIS PUNTOS QUE DEBÉS TENER EN CUENTA
1. Ambos cónyuges pueden cobrar el subsidio
2. En caso de que ambos cónyuges estén afiliados al SOECCCRA, se le otorgará un subsidio a cada afiliado/a.
3. Si tenés más de un trabajo, podés cobrar el subsidio solo en el que tenés mayor antigüedad.
4. No te pueden embargar esta asignación.
5. No pagas impuestos por este beneficio.
6. Este subsidio no es computable para calcular el cobro del aguinaldo ni indemnizaciones.
Si tenés dudas sobre tu afiliación, querés afiliarte o hacer alguna consulta comunicate con atención al afiliado de lunes a viernes de 10 a 17 horas al 11 6583-1571